Divorcio notarial en España

Divorcio notarial
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Cuando una pareja toma la difícil decisión de separarse, lo primero que suele venir a la mente es un proceso largo y complicado. Esa idea puede aumentar la incertidumbre y el desgaste emocional; pero no siempre tiene por qué ser así.

Hoy existen alternativas más sencillas para dar este paso. Entre ellas, el divorcio notarial destaca por facilitar acuerdos claros, reducir trámites y acortar los plazos, con un enfoque más rápido y económico.

En este post te contaremos por qué el divorcio notarial puede ser un camino más humano y directo para cerrar esta etapa, sin entrar a definirlo en detalle.

¿Qué es el divorcio notarial?

Como su nombre indica, el divorcio notarial es aquel que se formaliza ante un notario mediante un convenio regulador recogido en escritura pública. Aunque pueda parecer una opción poco conocida o incluso insólita si no has oído hablar de ella antes, lo cierto es que se trata de una alternativa totalmente válida dentro de nuestro sistema legal.

En determinados casos, el divorcio notarial puede convertirse en una vía muy práctica y ágil, ayudando a simplificar trámites y a reducir notablemente el tiempo del proceso.

El divorcio notarial se incorporó en España con la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, que introdujo reformas en el Código Civil y en la Ley del Notariado de 1862. Gracias a esta norma, los notarios asumieron funciones antes exclusivas de los jueces, entre ellas la posibilidad de autorizar un divorcio amistoso, siempre que se cumplan ciertas condiciones. En particular, las modificaciones al artículo 87 del Código Civil y al artículo 54 de la Ley del Notariado reconocen al notario la facultad de formalizar este tipo de divorcio, siempre que no existan hijos menores de edad involucrados.

Esta modalidad de divorcio permite acelerar el proceso de disolución del vínculo matrimonial, pues no requiere de la presentación de una demanda de divorcio ni del correspondiente paso por los Juzgados, sin embargo, su aplicación está estrechamente limitada y comporta el cumplimiento de una serie de requisitos.

Requisitos para el divorcio notarial

Para que un divorcio notarial sea posible, es imprescindible cumplir con una serie de condiciones legales. Estos son los requisitos principales:
  • Acuerdo mutuo: ambos cónyuges deben estar de acuerdo en llevar a cabo el divorcio.
  • Convenio regulador conjunto: ha de presentarse ante el notario un convenio que refleje la voluntad clara de divorciarse e incluya las medidas necesarias sobre:
    • El destino, derechos y cargas respecto a los animales de compañía comunes, si los hubiera.
    • La atribución del uso de la vivienda familiar y del ajuar doméstico.
    • La contribución a las cargas del matrimonio y, en su caso, los alimentos.
    • La liquidación del régimen económico matrimonial.
    • La pensión compensatoria para el cónyuge que corresponda.
  • Plazo mínimo: deben haber transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.
  • Intervención personal: los cónyuges deben comparecer personalmente en el otorgamiento.
  • Asistencia letrada: cada cónyuge ha de estar asistido por un abogado en ejercicio durante el proceso.
  • Consentimiento de los hijos mayores o emancipados: si los hubiera, deberán prestar su consentimiento ante notario respecto a las medidas del convenio que les afecten.
  • Ausencia de hijos menores o con medidas de apoyo judicial: no debe haber hijos menores no emancipados ni mayores sujetos a medidas de apoyo judicialmente establecidas.

Pasos para tramitar el divorcio notarial

Además de cumplir con los requisitos establecidos por la normativa, el divorcio notarial requiere seguir un procedimiento claro y ordenado. Estos son los pasos principales:
  1. Contratar un abogado: incluso con acuerdo mutuo, es obligatorio contar con asistencia letrada. El abogado orientará a los cónyuges, velará por sus intereses y validará el procedimiento.Al tratarse de un divorcio amistoso, ambos cónyuges pueden recurrir al mismo letrado, compartiendo así los costes.
  2. Redacción del convenio regulador: el abogado se encargará de elaborar este documento, que recogerá todas las medidas acordadas, y de tramitar lo necesario junto a la notaría.
  3. Elegir notario: los cónyuges podrán escoger notario, pero este deberá ejercer en alguno de los siguientes lugares:
    • Donde tengan su residencia habitual.
    • Donde se celebró el matrimonio.
    • Donde se ubicó la última residencia conyugal.
  4. Preparar la firma: una vez reunida la documentación, se fijará un día para la comparecencia en notaría. El notario revisará la legalidad del convenio, corroborará la identidad de los cónyuges y verificará el vínculo matrimonial.Si detecta alguna medida que resulte perjudicial, deberá advertirlo; en caso de no modificarse, se cerrará el expediente y será necesario acudir a la vía judicial.
  5. Firma del convenio: el notario autorizará la firma del convenio regulador. Deberán firmar los cónyuges y, si procede, los hijos mayores o emancipados respecto a las medidas que les afecten. En caso de negativa, se deberá recurrir a un juez. También firmará el abogado en calidad de interviniente.
  6. Aprobación del divorcio: en un plazo máximo de 5 días, el notario redactará la diligencia en la que se aprueba el divorcio, otorgándole plena eficacia inmediata.
  7. Inscripción en el Registro Civil: para que el divorcio produzca efectos jurídicos plenos, el notario enviará telemáticamente una copia electrónica de la escritura al Registro Civil para su inscripción.

Tareas posteriores al divorcio

Una vez formalizado el divorcio, los cónyuges deberán ocuparse de ciertos trámites adicionales:

  • Liquidar los impuestos correspondientes en un plazo de 30 días hábiles.
  • Actualizar la titularidad de los inmuebles en el Registro de la Propiedad.

Ventajas y desventajas del divorcio notarial

Como todo procedimiento legal, el divorcio notarial presenta una serie de ventajas e inconvenientes en comparación con otras modalidades de divorcio.Ventajas:
  • Rapidez: puede llegar a hacerse efectivo en un plazo máximo de 15 días, dependiendo de la notaría escogida.
  • Sencillez: no requiere tantos trámites como los divorcios que deben pasar por el juzgado.
  • Menor coste: es el procedimiento más económico. Además, al permitir compartir abogado, los honorarios pueden dividirse entre ambos cónyuges.
  • Menor estrés: al ser un proceso breve y con menor nivel de conflicto, reduce la carga emocional y el desgaste psicológico.

Desventajas:

  • Es necesario cumplir con requisitos muy concretos, ya explicados anteriormente, para poder acceder a este tipo de divorcio.
  • No se admite ningún desacuerdo entre las partes: debe existir plena conformidad.
  • En situaciones especiales, como la existencia de patrimonio en el extranjero, el trámite notarial puede no ser suficiente.
  • No contempla medidas provisionales. Aunque el proceso sea rápido, en algunos casos podría ser necesario adoptar decisiones urgentes de manera temporal.

Costes del divorcio notarial

Como ya hemos señalado, el divorcio notarial resulta más económico que otras modalidades, ya que únicamente deben afrontarse los siguientes gastos principales:
  • Honorarios del abogado: al no ser necesario procurador y al poder compartir letrado, el coste medio se sitúa en torno a 200 € por cónyuge.
  • Honorarios notariales: suelen rondar los 200 €, aunque pueden variar en función de las particularidades de cada divorcio.

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