Alternativas a la extinción de condominio
Razones para buscar alternativas a la extinción de proindiviso
Si no deseáis extinguir el condominio, pero buscáis una solución que permita disfrutar del bien o de los beneficios económicos que genere, sin depender del resto de copropietarios, existen alternativas viables.
La extinción de un proindiviso puede ser costosa y, en algunos casos, compleja desde el punto de vista legal o emocional, especialmente cuando la propiedad tiene valor sentimental o es difícil de dividir físicamente.
Recuerda que mantener el condominio puede facilitar una administración compartida, lo cual es beneficioso si alguno de los copropietarios prefiere no gestionar la propiedad de manera individual. Aquí te presentamos algunas opciones por las que podéis optar:
1. ARRENDAMIENTO DEL BIEN COMÚN
Una de las opciones que tenéis es llevar a cabo un arrendamiento del bien que se encuentra en copropiedad.
Se trata de una de las opciones con más popularidad en la actualidad, pues permite a los que van a ser inquilinos alquilar una de las unidades que conforman el bien común y a su vez poder disfrutar de aquellas zonas, comodidades y servicios comunitarios compartidos con el resto de residentes.
Beneficios del arrendamiento en propiedades en copropiedad
Este tipo de arrendamientos cuentan con una ventaja clara, y es que los inquilinos tienen la flexibilidad de poder escoger la duración del contrato para ajustar la misma a sus necesidades.
Tampoco habrán de preocuparse de administrar el bien, pues de eso se encargará el administrador del condominio o los propios propietarios.
Consideraciones legales y aprobación del arrendamiento en condominios
Cuando surge la idea de alquilar una propiedad en condominio, pueden presentarse dudas sobre qué ocurre si algunos copropietarios no están de acuerdo. En este escenario, si la mayoría de los condueños está a favor del arrendamiento, podrán proceder sin mayores inconvenientes.
Sin embargo, si la mayoría de los copropietarios se opone, aunque el alquiler podría llevarse a cabo, existe la posibilidad de que el contrato sea declarado nulo si los copropietarios en desacuerdo deciden llevar el caso ante un juez.
El contrato de arrendamiento podría anularse si la renta acordada es demasiado baja. En este caso, se considera que un precio excesivamente bajo podría ir en detrimento de los intereses del conjunto de copropietarios.
Por lo tanto, para evitar posibles conflictos, es fundamental establecer acuerdos razonables que consideren las opiniones de todos los involucrados y reflejen el valor justo del alquiler.
Por supuesto, al tratarse de un condominio, las ganancias obtenidas por el arrendamiento deberán repartirse entre todos los copropietarios en base a sus cuotas de titularidad.
2. DIVISIÓN FÍSICA DEL BIEN
Mediante este proceso se consigue dividir el bien común en subunidades independientes creando consigo nuevas propiedades.
Este sería el caso en el que, por ejemplo, dos hermanos tengan en copropiedad una gran casa uniplanta y decidan, por las circunstancias y, permitiéndolo el tamaño y distribución de la misma, dividir la propiedad por la mitad levantando un muro.
Con esta modificación y la creación de una puerta principal que permita acceder a la segunda mitad, no se requiere extinguir el condominio, y cada hermano puede disfrutar de su propia parte de manera individual y privada.
3. USO ALTERNADO O EXCLUSIVO DEL BIEN
El uso alternado o exclusivo del bien se ha de llevar a cabo mediante un contrato entre las partes en el que acuerden los términos y las condiciones para llevar a cabo dicho uso alternado o exclusivo.
Mediante este contrato, los copropietarios se comprometen a no hacer uso del bien ni transferirlo a terceros, en caso de otorgar el uso exclusivo a uno de los copropietarios.
También pueden acordar utilizar y beneficiarse del bien únicamente en los momentos pactados. Por ejemplo, en una segunda vivienda compartida entre dos primos, podrían establecer que uno de ellos use la propiedad solo en semanas pares y el otro en semanas impares.
4. COMPRAVENTA ENTRE PROPIETARIOS
Similar al arrendamiento del bien común, la compraventa del bien permite que todos los copropietarios se beneficien y evita posibles confrontaciones.
Si uno de ellos no desea seguir siendo parte del condominio, pero el resto sí, este puede vender su parte a los demás copropietarios que desean mantener sus derechos sobre el bien, manteniendo así el condominio sin su participación.
Sin embargo, si existen solo dos copropietarios, la compraventa implicaría la disolución del condominio.
En este caso, al vender su parte, el bien pasa a ser de titularidad exclusiva del copropietario que adquiere los derechos, mientras que el otro renuncia a sus derechos a cambio de una compensación económica.
5. MEDIACIÓN O ARBITRAJE
La mediación o el arbitraje pueden ser opciones prácticas para resolver los desacuerdos entre copropietarios sin tener que acudir a un proceso judicial. A través de la mediación, los copropietarios pueden dialogar y alcanzar un acuerdo sobre el uso o disposición del bien común de una manera más rápida y económica.
En caso de no lograr consenso mediante la mediación, el arbitraje permite que un tercero imparcial tome una decisión vinculante que favorezca a ambas partes.
Estas opciones permiten mantener la copropiedad sin necesidad de extinguir el condominio. Son especialmente útiles cuando las diferencias son menores y se busca una solución justa para todos.
6. VENTA DE LA PROPIEDAD A UN TERCERO
Otra opción es la venta de la propiedad a un tercero cuando los copropietarios prefieren disolver la copropiedad y repartir los beneficios. En este caso, la propiedad se vende a un comprador externo, y el importe obtenido se distribuye entre los copropietarios según su cuota de participación en el condominio.
Esta alternativa es adecuada cuando el consenso sobre el uso o administración del bien resulta complicado y se prefiere obtener un beneficio económico.
Con la venta a un tercero, cada copropietario puede disponer de su parte de la forma que desee, evitando futuras confrontaciones en torno a la propiedad compartida.
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