Abogados Herencias y Testamentos en Castellón

Abogados especialistas en herencias y testamentos en Castellón. Prestamos servicios de asistencia y asesoramiento en  herencias, testamentos y herederos.

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Especialistas en Herencias, Testamentos y Sucesiones en Castellón

ABOGADOS  EXPERTOS EN HERENCIAS Y TESTAMENTOS

La pérdida de un familiar siempre es triste, pero, si además, has de cargar con los trámites burocráticos que el fallecimiento conlleva, el malestar se acrecienta.

Si lo que usted desea entonces es gestionar o tramitar una herencia, testamento o sucesión en Castellón, de forma “rápida” (dentro de lo que cabe) y eficaz, su mejor opción es acudir a Abogados de Herencias Castellón.

Ponga su caso en las manos de nuestros abogados expertos en herencias quienes le asesorarán en todo momento y se encargarán de llevar su proceso de la forma más conveniente. Nos haremos cargo de todos esos trámites relativos a la herencia.

Expertos en herencias y donaciones

HERENCIAS EN CASTELLÓN

Cada herencia debe tratarse de un modo distinto, conllevando una solución compatible con sus intereses; es por este motivo que se debe acudir a un experto en la materia que proponga la solución más idónea a la herencia concreta que se esté tramitando.

Podemos hallar dos tipos de herencias:

  • Herencia con testamento. El difunto deja un testamento en que se halla recogida su voluntad respecto a la repartición de su patrimonio.
  • Herencia sin testamento. El difunto fallece sin testamento o el mismo ha sido declarado nulo o inválido.

Asimismo, podemos encontrar diferentes tipos de testamento que podrán variar dependiendo de la comunidad autónoma en que nos encontremos. Salvo en aquellas comunidades donde rige el régimen foral, el testamento generalmente será común o especial, pudiendo el primero ser ológrafo, abierto o cerrado. Este último es el que rige en nuestro caso en Castellón, puesto que nuestra comunidad carece de derecho foral.

Otro punto importante a tratar cuando hablamos de herencias y que no debemos olvidar es la legítima. Ésta es la parte de la herencia (dos tercios) que no se pueden designar libremente sino por ley. El primer tercio se conoce como legítima estricta y se repartirá a partes iguales entre los herederos forzosos. El segundo tercio se conoce como mejora y se repartirá también entre dichos herederos con la única diferencia de que podrá hacerse de forma desigual llegando a dejar a uno de ellos sin parte u otorgándosela toda a un único heredero.

Cuando hablamos de sucesión, nos estamos refiriendo al proceso de transmisión de la herencia o patrimonio del difunto a su susucesor; para esto es conveniente que acuda también a un experto en la materia concreta.

Al igual que la herencia, la sucesión puede ser ab intestato (sin testamento) o testamentaria (con testamento). Aunque en el caso de las sucesiones, éstas pueden ser también anómalas (cuando alguno de los bienes patrimoniales queda reservado para un pariente concreto quedando excluidos el resto, o cuando un bien es devuelto a su antiguo dueño).

Al mencionar las sucesiones, no podemos olvidarnos de el impuesto que conllevan. Cada vez que se da una sucesión, el heredero debe pagar para poder adquirir dicha herencia y suceder. Este impuesto se regula de forma diferente en cada Comunidad Autónoma, aunque también existe un régimen común para toda España.

El impuesto de sucesiones afecta a todo tipo de herencias, con o sin testamento, y para ser liquidado se deben presentar una serie de documentos a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda de la C.A donde el fallecido tenía su residencia habitual dentro de un plazo establecido en 6 meses (y que se puede prorogar otros 6 meses más).

Abogados herencias: donaciones en vida, usufructo y propiedad.

DONACIONES

Otra rama en la que puede requerir del servicio de uno de nuestros abogados son las donaciones.

Entendemos por donación la transmisión gratuita de un bien a una persona que lo acepta. Para poder donar se debe cumplir el requisito de la mayoría de edad (no siendo aceptadala emancipación), y para poder aceptar una donación se debe estar capacitado por la ley (se pueden realizar donaciones a nasciturus, concebidos no nacidos, que serán aceptadas por quienes serían sus representantes una vez nacidos).

Para realizar una donación se debe tener en cuenta el hecho de que no se puede donar más de lo que se tiene, así como que no se puede donar lo que fuere necesario para la supervivencia del donante. Las donaciones pueden ser revocadas en determinadas situaciones.

Cabe añadir que al igual que ocurría con las sucesiones, para las donaciones también se debe pagar un impuesto, que pese a ser semejante no debe ser confundido. El plazo para la liquidación de este impuesto es de apenas 30 días lectivos.

Ahora que sabe en que consiste la labor de los abogados de herencias y testamentos en que temas puede requerir de nuestra ayuda, no dude en contactarnos para la resolución gratuita de cualquiera de sus dudas o para la contratación de nuestros servicios en Castellón.

Abogados especialistas en Herencias en Castellón como nosotros pueden ser un buen aliado ante el fallecimiento de un familiar, la redacción de un testamento o la voluntad de donar bienes.

MEJORES ABOGAGOS EN HERENCIAS Y TESTAMENTOS DE CASTELLÓN

UBICACIÓN

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