Nuevo reglamento extranjería 2025

Nuevo Reglamento de Extranjería 2025: Cambios y novedades

Nuevo reglamento extranjería 2025
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El nuevo reglamento de extranjería aprobado por el Gobierno entrará en vigor el día 20 de mayo de este 2025 (plazo a partir del cual toda solicitud de extranjería que se realice pasará a regirse por esta nueva normativa) y su principal objetivo será mejorar la integración de las personas migrantes a través de 3 aspectos fundamentales: el trabajo, la formación y la familia.

Es importante destacar que la Ley de Extranjería sigue vigente sin modificaciones; lo que cambia es su Reglamento, que amplía y desarrolla su contenido. Para que estés al tanto de los principales cambios, a continuación, te explicamos los aspectos más relevantes de esta reforma.

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IMPORTANTE

Como aclaración si estás planteandote llevar a cabo una solicitud en este ámbito, debes saber que, en caso de presentar dicha solicitud con fecha previa a la entrada en vigor de la nueva norma será de aplicación a tu caso la legislación vigente a fecha de presentación de la solicitud; toda solicitud realizada con la nueva norma en vigor se regirá por la misma.

Sin embargo, habiendo presentado tu solicitud con anterioridad y, una vez entre en vigor el nuevo Reglamento, podrás pedir que se te aplique este si te resulta más beneficioso, siempre y cuando no hayas recibido respuesta a la solicitud realizada con anterioridad.

Contexto y objetivos del Reglamento de Extranjería 2025

España forma parte de la Unión Europea y de su Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia, participando, en consecuencia, en el diseño de las políticas de migración y asilo, así como en la elaboración de normativa de la Unión. Para ello, debe atenderse a la situación geográfica y estratégica de España con vistas a diseñar una política migratoria estable, planificada y capaz de responder a los desafíos migratorios a medio y largo plazo.

El Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. En su preámbulo, se destaca la necesidad de actualizar la normativa para adaptarla a la evolución del fenómeno migratorio. En lugar de realizar modificaciones parciales, se ha optado por un nuevo reglamento que incorpora diversas reformas clave.

Entre los principales objetivos de este reglamento se encuentran:

  • Simplificar y agilizar los procedimientos migratorios.
  • Reducir los tiempos de tramitación, especialmente en algunas vías de migración regular.
  • Definir con mayor precisión las figuras y situaciones cubiertas por determinados permisos.
  • Reconocer expresamente los derechos de los trabajadores migrantes, en consonancia con el derecho de la Unión Europea.
  • Aportar mayor claridad en la normativa.
  • Regular las condiciones y supuestos en los que se puede modificar el estatus migratorio de una persona y de sus familiares.

Este nuevo reglamento está compuesto por 265 artículos, 19 disposiciones adicionales y una disposición transitoria única.

A tenor literal del preámbulo del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social:

Debido a la evolución del fenómeno migratorio y a la necesidad de adaptar la normativa a una realidad cambiante, resulta necesario aprobar un nuevo reglamento que aglutine las diversas y necesarias reformas, en lugar de llevar a cabo una modificación parcial del mismo.

En concreto, se plantea simplificar y agilizar los procedimientos; reducir los tiempos excesivos empleados en algunas vías de migración regular; mejorar la concreción jurídica respecto de las figuras y situaciones cubiertas por determinados permisos; contemplar de manera expresa los derechos de las personas trabajadoras migrantes, consagrados, además, en el derecho de la Unión Europea; conseguir una mayor claridad; y regular en qué supuestos y bajo qué condiciones se puede modificar el estatus migratorio de una persona y de sus familiares.

Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre

Principales novedades del reglamento de extranjería

El nuevo Reglamento introduce varias reformas clave para facilitar la regularización, mejorar la compatibilidad laboral y simplificar los trámites administrativos. A continuación, se destacan los cambios más relevantes:

  • Reducción del plazo para solicitar el arraigo: Se disminuye el tiempo de espera de tres a dos años, con el objetivo de agilizar la regularización de personas en situación irregular.
  • Compatibilidad laboral total: Se permitirá a los inmigrantes trabajar simultáneamente por cuenta propia y ajena desde el primer año de residencia en el país.
  • Ampliación de derechos para familiares de españoles: Se reconocerá como dependientes a hijos de hasta 26 años, sin necesidad de probar dependencia económica.
  • Mejora de oportunidades laborales para descendientes de españoles: Se establecen nuevas opciones para favorecer el acceso al empleo de hijos y nietos de españoles.
  • Unificación de la duración de los visados: Esta medida busca simplificar los trámites administrativos y reducir problemas relacionados con las citas para la toma de huellas y renovaciones en la policía.
  • Nueva figura de arraigo: Se creará un nuevo tipo de arraigo para aquellas personas que, habiendo tenido una autorización de residencia en los últimos dos años, no la hubieran renovado.
  • Modificación de la estancia por estudios: Se permitirá a los estudiantes trabajar hasta 30 horas semanales, ampliando sus oportunidades laborales.

Impacto en los visados y autorizaciones

El nuevo reglamento de extranjería del 2025 introduce varias reformas clave para facilitar la regularización, mejorar la compatibilidad laboral y simplificar los trámites administrativos. A continuación, se destacan los cambios más relevantes:

  • Reducción del plazo para solicitar el arraigo: Se disminuye el tiempo de espera de tres a dos años, con el objetivo de agilizar la regularización de personas en situación irregular.
  • Compatibilidad laboral total: Se permitirá a los inmigrantes trabajar simultáneamente por cuenta propia y ajena desde el primer año de residencia en el país.
  • Ampliación de derechos para familiares de españoles: Se reconocerá como dependientes a hijos de hasta 26 años, sin necesidad de probar dependencia económica.
  • Mejora de oportunidades laborales para descendientes de españoles: Se establecen nuevas opciones para favorecer el acceso al empleo de hijos y nietos de españoles.
  • Unificación de la duración de los visados: Esta medida busca simplificar los trámites administrativos y reducir problemas relacionados con las citas para la toma de huellas y renovaciones en la policía.
  • Nueva figura de arraigo: Se creará un nuevo tipo de arraigo para aquellas personas que, habiendo tenido una autorización de residencia en los últimos dos años, no la hubieran renovado.
  • Modificación de la estancia por estudios: Se permitirá a los estudiantes trabajar hasta 30 horas semanales, ampliando sus oportunidades laborales.

Reagrupación familiar y figuras de arraigo

La nueva norma introduce importantes avances en la reagrupación familiar, facilitando la reunificación de familiares de ciudadanos españoles y ampliando el alcance de quienes pueden beneficiarse de este derecho.

  • Se crea una autorización de residencia para familiares de españoles.
  • Se amplía el límite máximo de edad para la reagrupación de hijos, pasando de 21 a 26 años.
  • Se permite la reagrupación de parejas no registradas formalmente, siempre que puedan acreditar una relación de análoga afectividad.
  • Se amplía el concepto de familiar reagrupado, incluyendo a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.

Con la nueva normativa, se establecen cinco tipos de arraigo, cada uno con requisitos específicos para facilitar la regularización y la integración de los inmigrantes en España:

  • Arraigo de segunda oportunidad: Destinado a personas que hayan sido titulares de una autorización de residencia, pero que, por distintos motivos, no hayan podido renovarla.
  • Arraigo sociolaboral: Requiere que el inmigrante posea un contrato laboral con las mismas condiciones que las autorizaciones iniciales de residencia y trabajo por cuenta ajena.
  • Arraigo social: Para aquellos extranjeros que tengan vínculos familiares en España o que puedan demostrar su integración en la sociedad española mediante un informe de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Arraigo socioformativo (anteriormente denominado arraigo por formación): Diseñado para personas matriculadas o cursando formaciones, con el objetivo de impulsar su integración social y laboral.
  • Arraigo familiar: Limitado a progenitores de ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza.
    Es la única autorización de arraigo que se concede por un período superior a un año, estableciendo una duración de cinco años.

Cambios en el acceso al mercado laboral y educativo

  • Simplificación de los procedimientos para permisos de trabajo: Se han agilizado los trámites para la obtención de permisos laborales, facilitando el acceso de los extranjeros a empleos en sectores con alta demanda.
  • Medidas contra la economía sumergida: Se establece que aquellas personas que hayan trabajado al menos seis meses en situación irregular dentro de los dos años anteriores a la denuncia, podrán obtener una autorización de residencia y trabajo, siempre que la situación se acredite ante la autoridad laboral o judicial competente.
  • Facilidades para estudiantes tras finalizar sus estudios: Se eliminan las restricciones para su incorporación al mercado laboral, permitiéndoles acceder a un empleo sin necesidad de cumplir requisitos adicionales.

Solicitudes de Asilo

Las solicitudes de asilo en España se rigen por la Ley 12/2009, de 30 de octubre, que regula el derecho de asilo y la protección subsidiaria. No obstante, el nuevo reglamento se aplicará de manera supletoria a aquellas personas que estén bajo el ámbito de dicha ley.

El reglamento establece de manera expresa la prohibición de que los solicitantes de asilo puedan optar a una autorización de residencia por arraigo. Sin embargo, podrán acceder a una autorización por razones humanitarias, siempre que acrediten haber permanecido en territorio español en situación irregular durante al menos seis meses previos a la solicitud.

FAQ acerca de la nueva normativa en extranjeria

1. ¿Por qué se ha reformado el Reglamento de Extranjería?

La reforma busca adaptar la normativa migratoria a las necesidades actuales del mercado laboral, los retos demográficos de España y la legislación europea. Además, pretende:
  • Simplificar los trámites administrativos.
  • Reforzar los derechos de las personas migrantes y empleadores.
  • Facilitar la integración de los extranjeros en la sociedad y el mercado laboral.

2. ¿Cuáles son los principales cambios en las autorizaciones de residencia y trabajo?

Duración inicial: Todas las autorizaciones iniciales serán de un año, renovables por cuatro años.
  • Visado de búsqueda de empleo: Se amplía su duración de tres meses a 12 meses.
  • Acceso al trabajo: La mayoría de las autorizaciones permitirán trabajar desde el primer día, sin necesidad de un permiso adicional.

3. ¿Qué ventajas ofrece la nueva figura de "arraigo de segunda oportunidad"?

Esta modalidad permite regularizar a personas que hayan tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y que la hayan perdido. Su objetivo es facilitar la reinserción en la legalidad y la integración social y laboral de los migrantes en situación irregular.

4. ¿Cómo beneficia el reglamento a los estudiantes extranjeros?

Podrán trabajar hasta 30 horas semanales mientras estudian. Las autorizaciones de estancia por estudios estarán adaptadas a la duración de la formación. Se establecen vías rápidas para obtener autorización de trabajo tras completar los estudios.

5. ¿Qué mejoras se introducen en la reagrupación familiar?

  • La edad máxima para reagrupar a los hijos se amplía de 21 a 26 años.
  • Se permite la reagrupación de parejas no registradas formalmente, siempre que acrediten una relación estable.
  • Se amplía el concepto de familiar reagrupado, incluyendo a familiares de víctimas de trata, violencia sexual y de género.

6. ¿Cómo se combaten las irregularidades y el fraude migratorio?

El reglamento establece medidas para:
  • Simplificar y unificar los trámites administrativos para reducir burocracia y evitar irregularidades.
  • Homogeneizar los requisitos y criterios de autorización.
  • Fomentar la transparencia en instituciones educativas y laborales, asegurando su cumplimiento normativo.

7. ¿Qué impacto tiene la reforma en el mercado laboral español?

  • Permite una contratación más flexible en origen, facilitando la movilidad laboral.
  • Mejora la seguridad jurídica para trabajadores y empleadores.
  • Refuerza los derechos laborales de los migrantes, promoviendo condiciones de trabajo más justas.

8. ¿Cuántas personas se beneficiarán de esta reforma?

Se estima que la nueva normativa permitirá regularizar a 300.000 personas al año durante los próximos tres años, impulsando su integración y fortaleciendo el sistema social y económico español.

9. ¿Cuáles son los objetivos adicionales de la reforma?

  • Promover la inclusión social y económica de los migrantes.
  • Alinear la normativa con los estándares del Pacto Europeo de Migración.
  • Garantizar el respeto a los derechos humanos en todos los procesos administrativos y laborales.

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