Divorcio Contencioso: Todo lo que necesitas saber

Divorcios sin acuerdo, información de utilidad.

100.746 divorcios se produjeron en 2014 según los últimos datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística (un 5’6% más que en el año anterior). Y es que según parece los divorcios están actualmente al orden del día, pudiendo distinguir dos tipos: los de mutuo acuerdo y los contenciosos. Siendo estos últimos el foco de nuestra atención.

Entendemos por divorcio contencioso aquel que tiene lugar cuando los cónyuges no llegan a un acuerdo sobre la disolución de la unión matrimonial, dejando la resolución de dicho conflicto a cargo de un juez. Así pues, para este tipo de procedimiento no se necesita del consentimiento de ambas partes (pilar del divorcio de mutuo acuerdo) y se ha de pasar necesariamente por un proceso judicial.

Al contrario que en los divorcios de mutuo acuerdo, que pueden finalizar en unos 15 días, los contenciosos se alargan más por el desacuerdo de las partes y el hecho de tener que ir a juicio. El tiempo medio de este procedimiento es de unos 6 meses, dependiendo de factores tales como que una de las partes decida recurrir la sentencia, alargándose así el proceso y pudiendo éste llegar a tener una duración de más de doce meses.

Para iniciar los trámites de divorcio será necesario que hayan pasado un mínimo de tres meses desde que se produjo la unión, sin embargo, no será necesario el paso de los tres meses si hay algún riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge que solicita la separación, de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.

El procedimiento del divorcio contencioso viene regulado en el artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y es en resumen el siguiente:

La interposición de la demanda por parte de uno de los cónyuges, acompañada de la inscripción del matrimonio (y cualquier otro documento pertinente tal como la inscripción de nacimiento de los hijos en caso que los hubiere), donde se establece la propuesta para regular todo lo relativo al matrimonio cuando se extinga (hijos, bienes, pensiones…).

La contestación de la otra parte a la demanda en un plazo máximo de 10 días.
La vista. Deberán acudir obligatoriamente ambas partes así como sus respectivos abogados. Si una de las partes falta deberá ser por causa justificada o se admitirán los hechos dados por el cónyuge que sí se presente para la fundamentación de sus peticiones patrimoniales.

La práctica de las pruebas. Esta fase se dará durante la vista o, excepcionalmente, en un plazo máximo de 30 días dado por el Tribunal (si no se puede en la vista). En caso que así lo requiera el juez serán oídos los hijos menores o incapacitados.

La sentencia. Adoptará las medidas definitivas acerca de los hijos, el régimen de visitas y comunicación, la pensión alimenticia; y en definitiva de las consecuencias derivadas del divorcio.

Un divorcio contencioso puede pasar a ser de mutuo acuerdo si durante el procedimiento las partes llegan a un acuerdo. En tal caso el divorcio, antes contencioso, pasará a regularse como uno de mutuo acuerdo.

En el divorcio contencioso el precio será mayor ya que cada cónyuge habrá de estar representado por un abogado y por un procurador distintos.

La media ronda los 1000€-1500€ aunque dependerá en parte de la duración del proceso y de su dificultad, sobre todo si a través de dicho procedimiento se plantea la disolución del régimen matrimonial de gananciales y el reparto de los bienes.

En definitiva, un divorcio contencioso significa el cese legal de la unión matrimonial tras una sentencia dictada por el juez (en vista de un determinado procedimiento), la cual será inscrita de oficio por dicho juez en el Registro Civil junto a la inscripción del matrimonio.

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